En el mes de julio de 1656 la Real Chancillería de Valladolid hacía pública una real  provisión mediante la cuál se ordenaba que también el clero contribuyera a las exhaustas arcas reales. Como era de esperar, a nadie le gusta que le rasquen el bolsillo y la medida causó gran descontento entre algunos Obispos que, capitaneados por el de El Burgo de Osma, D. Juan de Palafox y Mendoza, redactaron y distribuyeron   un memorial muy extenso en el que  argumentaban hasta ochenta y una razones para obedecer y  no cumplir tales ordenes.

De nada serviría un gran ejército para ganar la guerra si no se practicara el culto divino con la decencia que se requiere -aseguraban los prelados insumisos -.  Por otra parte, se preguntaban si  podrían absolver tras  la confesión, sin incurrir en gravisimo pecado,  a aquellos  ministros de  S.M. que eran, precisamente, quienes redactaban  unas ordenes contrarias al privilegio de inmunidad  eclesiástica en materia impositiva.  

D.Juan de Palafox que, por cierto, fue beatificado por Benedicto XVI en 2011,  había sido Obispo de La Puebla de los Ángeles (México), lugar que tuvo que abandonar, al parecer muy a su pesar. Culto, comprometido, influyente  y sin pelos en la lengua, se había convertido en un personaje incómodo para Felipe IV.  

A finales de noviembre del referido año de 1656, viendo el Rey que las aguas del clero no parecían volver a su cauce, dio traslado de una carta-orden dirigida al Corregidor de Soria, D. Alonso Ordóñez?// Martínez? que rezaba tal que así:
Iréis a la parte donde está D. Juan de Palafox, Obispo de Osma, y le leeréis esta carta sin entregársela ni darle traslado ni oirle respuesta. Y la volveréis a remitir habiendo puesto al lado el haberlo ejecutado.

La carta de marras constituye un claro ejemplo de las tensiones Iglesia-Estado que, aunque no demasiado publicitadas, han sido constantes a lo largo de la Historia. Veámoslo.
En un papel que habéis impreso habéis faltado a las obligaciones de ministro y de prelado. De ministro, pues sin atender a las necesidades presentes del reino, os oponéis al alivio de  ellas. Y de prelado, pues suponéis lo que no hay, diciendo que yo he mandado que no se embarace con censuras. Pudiérais  haberme explicado vuestro dictamen en carta privada sin imprimir papel que conmueva los ánimos. Acordaos que cuando vinisteis a España hallasteis quieto el estado eclesiástico. Y de lo que, por vuestro proceder, se inquietó en Indias.
Moderad lo ardiente de vuestro celo, de otra manera pondré el remedio conveniente.
Guardeos Dios. Madrid 28 de septiembre de 1656. Yo, el Rey.

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