CONCEJO VILLAMOR  DE RIELLO

Constituían el Concejo de Villamor de Riello catorce lugares con un total de cien vecinos.  Su señor, el conde de Luna, percibía buena parte de los tributos que pagaba el común de vecinos pecheros. Uno de los impuestos más gravosos y, como ya he referido en alguna otra ocasión muy similar al actual IVA, era la alcábala, cuyo importe se negociaba entre las partes estimando el volumen de transacciones comerciales de los años anteriores. La cantidad total acordada se repartía entre los lugares que componían el Concejo a razón de habitantes y rentas.

Bien, pues en 1615 la cantidad de dinero por este concepto que correspondía pagar al Concejo de Villamor era de 82.000 maravedís, de los cuáles.... al mercado de Riello le tocan 27.0000.

El mercado se celebraba cada sábado y de manera especial  el día de la romería del sábado de Ramos.

En la primavera del año 1615 llegaba a la zona D. Benito de Mena, licenciado y juez por Su Majestad para la venta de oficios y nuevas imposiciones de los partidos de Burgos y León  (Real Cédula de 9 de junio de 1614 en San Lorenzo de El Escorial). Iba acompañado de  Martín Pérez Crespo, escribano receptor. El fin último de la visita no era otro que recaudar dinero, así de simple.  Para ello  el sr. Mena aducía la falta de profesionalidad en algunos oficios  como amojonadores o almotacenes que, a su juicio, eran desempeñados en los mercados por personas sin la capacitación que se requería. Esta capacitación  se obtenía a golpe de maravedís, no hacía falta nada más. Y como la mejor manera de convencer es aplicando sanciones, D. Benito de Mena hizo lo propio e inició una inspección minuciosa de todo lo referente al mercado, avisando que las irregularidades que encontrara se castigarían con cuantiosas multas  que, por supuesto, dejarían de tener efecto si los vecinos  compraran a S. M. el gobierno y los oficios del mercado.

Así las cosas,  la vecindad decidía  .......juntos...como lo tenemos de uso y costumbre, en el lugar de Villarín a 18 de mayo de 1615, otorgar un Poder a Alonso Beltrán, procurador y vecino de La Urz, para que, en nombre del Concejo de Villamor,   hiciese  la siguiente oferta  al sr. Mena:.. 34.000 maravedís o 1.000 reales pagados de una vez para el día de Todos los Santos del año 1617. Pretendían, de esta forma, que  se les concediera  el gobierno de las rentas del mercado para arrendar en quien quieran..... 
Y aprovechaban la ocasión  para incluir en la oferta  otras peticiones como la libertad de  vender algunos pelos de hierba de algunos prados para el otoño, o  hacer algunas cortas de montes, o  romper algún baldío, o juntar el dicho baldío para hacerle prado, atendiendo que dicho Concejo es  tierra  pobre y áspera y de montañas....

Benito de Mena.....en nombre  de Su Majestad, el día 20 de mayo de 1615  aceptaba, como no podía ser de otra manera....  En la villa de Benavides: ...  Otorgo que vendo en venta real desde ahora y para siempre jamás al dicho Concejo de Villamor de Riello...los dichos oficios y rentas del peso público, varaje, cuartalaje y posturas de vino y medidas de sal....con todos sus derechos, aprovechamientos, usos y costumbres...en los dichos 1.000 reales...puestos y  pagados en poder de su tesorero general y arca de tres llaves de S.M. que está y reside en la villa de Madrid....

Esta operación otorgaba al Concejo  autonomía para  la gestión de los ingresos procedentes del mercado y libertad para  arrendarlos al mejor postor, disponiendo así de  un fondo seguro  para hacer frente a la carga impositiva.

 El arrendatario, que en el año 1615 era Pedro de Mallo, vecino de Lariego de Arriba,  se comprometía  a hacer efectivo el total  de cuatro en cuatro meses,  hasta completar la cantidad acordada de 30.000 maravedís.  A cambio, él cobraría a los mercaderes  un porcentaje sobre las ventas....Y cobra de derechos del peso 1 maravedí por libra que se pesa en el mercado......y las cosas que se pesan son: manteca, lino delgado y lino en caña. Y del pan cocido no  cobra nada...Y de las demás cosas que en él se venden, cobra de 30 maravedís, uno (paños, vinos..); y del ganado del campo que se vende  cobra...6 maravedís por cada res menor y de las mayores a  24 maravedís...De la sal  cobra, de 30 reales, uno. La venta de madera estaba libre de impuestos.

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Al margen de lo antecedente,  allá por el año 1703 D. Antonio de Quiñones, a la sazón conde de Luna, litigaba con su hermano D. Diego acerca de la propiedad  de unas casas en el término de Riello, situadas donde se celebraba el mercado. La sentencia definitiva a que dio lugar este pleito entre particulares iba a ser  aprovechada, en el futuro, como veremos,  contra los intereses del vecindario del Concejo.

D. Diego,  casado con Dña Catalina Josefa Valcarce y Quiñones,  solicitaba la demarcación  de las propiedades de su esposa:

Dña Catalina..., mi mujer, ....por su mayorazgo está poseyendo esas casas caídas y sitios de ellas en el mercado de Riello, las cuales están arruinadas y desechas y pretendo fabricarlas......Y aunque están bien claras....necesito...amojonar las que están caídas, con sus antojanos, corrales, entradas y salidas de ellas. ......Que son cuatro de la iglesia hacia la cuesta de la Orla??? y lindan con camino real que pasa por junto a la iglesia, y de la parte de hacia la cuesta con egidos concejiles.....Y otras cuatro casas de ella y sus hijos están en el campo de abajo de la puerta de la iglesia y lindan con egidos concejiles de dicho lugar.
Y por cuanto el excmo conde de Luna tiene una casita pequeña en el dicho sitio, a línea del camino real  que sale de Los Orrios, a la parte de arriba, en el campo y está también caída y demolida y se me ha adjudicado por sentencias dadas a mi favor con pensión de 4 reales en cada un año....

Este pleito se resolvió nombrando cuatro jueces árbitros, dos de cada parte, todos ellos letrados. Por un lado D. Juan de Balbuena (abogado, vicario general de la Santa Iglesia Catedral) y D. Blas Gutiérrez del Campo, ambos nombrados por D. Diego. Y por la otra parte D. Antonio Rebollín (abogado, teniente de corregidor de la ciudad de León y contador general de los estados de Luna) y D. Antonio Martínez de Abascal que defendían los intereses del conde. Cada uno hizo las alegaciones que consideró de razón conviniendo en la necesidad de amojonar las propiedades, lo cuál ordenaron a las autoridades locales.

Siendo regidor de Riello Baltasar Rodriguez y Pedro González juez ordinario del Concejo de Villamor, procedieron a citar a Angel Pacho (61 años) y a Pedro Muñiz (68 años), los  más viejos del lugar, para amojonar las casas sin fraude ni engaño. Actuó como escribano Pedro Ruiz de Argüello.

Primeramente amojonaron una casa que está en pie, con su cuarto algo demolido, de dos suelos, que está de la dicha iglesia arriba, a la espalda de la torre de la iglesia, que linda con camino real que viene de Los Orrios.
Y mas abajo amojonaron otra casa que está junto a la referida, a la espalda de la iglesia...que también linda con camino real.
Y en el medio de éstas también amojonaron una plazuela, y dicen fue corral, que también linda con camino real que va por atrás de la iglesia y ambas dichas dos casas.
Y por detrás de esta última amojonaron una casa más pequeña que está por arriba de ella.....y queda amojonada con cuatro mojones, que antes fue el matadero antiguo donde se mataban las vacas, de que dicen tienen noticia....por haberlo oído de sus antepasados.
Más abajo de la iglesia de dicho lugar, a la espalda, enfrente de la ventana de la capilla mayor, amojonaron otra casa.....y en conocer los cimientos, que linda con camino real y campos de concejo.
Más abajo amojonaron otra casa que linda con los cimientos de la pared del prado de Juan de Valcarce....., queda amojonada por los cimientos que están patentes.
Más entre estas dos casas amojonaron un corral...que linda con la casa de abajo de hacia el prado de Juan de Valcarce, difunto, y camino real y campos de concejo.
Más otra casa al lado de ésta,....enfrente de la puerta de la iglesia.....y linda con caminos que van a la iglesia y a la panera de su excelencia el conde, mi señor, y camino que va para Castro de la Lomba, mas arriba del camino real que va a Los Orrios, fuera del mercado, al lado de las que quedan amojonadas de dicho D.Diego de Quiñones, que éstas están donde se hace el mercado según quedan deslindadas del camino real que va para tras de la iglesia arriba.
Amojonaron otra casa que dicen es de su excelencia el conde, mi señor de Luna...que tiene de largo 18 pies y de ancho 12 pies....que linda todo alrededor con campos de concejo.

Así las cosas, el 31 de mayo de 1703 los abogados redactaban la escritura de compromiso entre las partes que, tal como habían acordado, tenía la validez legal de sentencia judicial.

Confirmaron a D. Diego ....en la posesión en que está por sí y los antecesores de dicha su mujer de llevar y cobrar los derechos de todos (los) buhoneros y demás mercantes que se albergan y  ponen sus tiendas y mercaderías en dichas casas y sus patios y pertenencias......Reconociendo el derecho a cobrar de ellos ...la cantidad de maravedís u otras especies en que se convinieren y concertaren.....Y en cuanto a este punto, no sean (las cargas) tan excesivas que puedan disminuirse los mercados y extinguirse el comercio.....Cuya reducción en caso de exceso..., sea competencia del alcalde mayor del Reino de León.
Al parecer  Dña Catalina y consortes percibían, desde el año pasado de 1609 y hasta el presente.... , por la ocupación de  las propiedades citadas, dos libras de carne de cada buey o vaca que se matase y pesase en las casas y sus bancos...

Del mismo modo, en la escritura de compromiso plasmaban la obligación de  D. Diego de Quiñones...  a que tenga bien compuesta y arreglada... la casa propiedad del conde  que él tenía a su disposición a cambio de una renta anual  o foro de 4 reales.

Al hilo de lo referido hay una carta firmada por D. Antonio de Quiñones,  cuyo destinatario desconozco, fechada en Madrid a 6 de junio de 1703 que  dice así:
Por tu carta veo cómo habiéndose nombrado cuatro abogados, dos de cada parte,....han declarado a favor de tu hermano; y yo me alegro mucho de que mi hijo eligiese el medio de compromiso de no faltar a lo justo. Y en cuanto se te ofreciere te atenderé siempre con buena voluntad. Dios te guarde muchos años.
Ha sido muy justa la determinación que mi hijo y tu hermano han hecho sobre la dependencia de Riello. Y yo me alegro mucho de la determinación que se ha efectuado, por lo mucho que a toda su familia estimo y de cuánto gustosos recibiránla....

Unos cuantos años más tarde, otra vez, asistiremos a la mala relación y los  conflictos de intereses entre los habitantes del concejo de Villamor y los miembros de la casa señorial.
Será en otro capítulo para no cansar demasiado a los posibles lectores.






Comentarios

  1. Un interesante artículo sobre el concejo Omañés de Villamor de Riello.

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