En  1690,  Diego Ortiz de Sanvítores, juez de residencia, llegaba al castillo de Benal (o Beñal) para evaluar la labor de los cargos públicos, inspeccionar los edificios de uso vecinal  y  castigar  cualquier tipo de corruptela (???) en cada uno de los tres concejos (Omaña, Villamor y La Lomba).

Una de sus actuaciones pasaba por comprobar la fiabilidad de los sistemas de medida y peso  que se usaban en las operaciones comerciales.  2 libras, 1 libra, 1/2 libra y  1 cuarteron eran las medidas de peso que no podían ser de otro material sino todo de bronce.

1 hemina, 1 cuartal, 1/2 celemin, 1 cuartillo, las medidas de capacidad de sólidos, ...de madera, herradas  y todas con rasero.....,así como el maquilo de molinos.

1/2 azumbre, puchera y  1/2 puchera, con que se medía el vino, eran recipientes de barro.

Todo esto junto con la vara de medir, en su caja,  debía estar a buen recaudo dentro del arca de tres llaves  de cada concejo,  donde se guardaban los documentos relevantes y el dinero que se recaudaba de penalizar a los vecinos que cometían infracciones.

 El arca de tres llaves del concejo de Omaña, custodiada en Vega de Arienza,  curiosamente  se abría con cuatro llaves, una de ellas en poder del corregidor, otra del escribano y dos más que custodiaba el procurador general. Era un arca mediana...con dos cerraduras grandes....Dentro había una caja grande de latón en que estaba metida una Carta Ejecutoria con inclusión de algunas Reales Provisiones y otros Autos que hablan en razón de la Mesta.....Y otros efectos....

Una vez realizadas las pertinentes comprobaciones, el inspector referido encontró algunas irregularidades que habían de ser corregidas. En Cirujales... la 1/2 azumbre y la vara de medir son cortas.  En Barrio de la Puente....la 1/2 azumbre y el cuartillo de medir pan están defectuosos. En Villaverde ...la pesa de 1/2 libra es grande. En Villar .....se halló grande el 1/2 celemín. En Fasgar.....la 1/2 azumbre y la puchera estaban grandes (el regidor fue apercibido para  que ajustase  las medidas del vino). En Marzan....halláronse grandes las pesas de 1/2 libra y cuarterón. En Villadepan.....algo corto el cuartillo. En Lazado .....un poco grande la hemina. En Villanueva...la pesa de libra, corta. Y en Villabandín.....la balanza del peso no estaba igual con el fiel.
Los lugares de Salce y Curueña también fueron advertidos para que ajustaran las medidas de peso ...por tenerlas escasas.
Del mismo modo se apremiaba a los regidores del concejo de La Lomba para que en el plazo de dos meses tuvieran en su arca las medidas de peso hechas en bronce. Y las del vino, de barro, selladas, ....rompiendo y quebrando todas las que actualmente tienen de madera.


La gestión del corregidor  (figura compartida por los tres concejos), procuradores generales, jueces ordinarios... y  la labor de los escribanos pasaron también  el filtro de la evaluación en el periodo  1686-1690.

Tanto a  Diego de Quiñones como a  Antonio de Torres Laso de la Vega (corregidores en esos años, nombrado éste último el lunes de Pascua del Espíritu Santo, día 7 de junio de 1688) .....se les dio por libres...., limpios y rectos...

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Santiago Álvarez,  actuaba como juez ordinario de La Lomba y su  praxis, al parecer,   dejaba bastante que desear. Por ello  fue penalizado con una multa de 4.000 maravedís además de una reprimenda considerable.....y  se le advierte  que ponga todo cuidado en la formalidad de sus actos......aconsejándose con abogado de ciencia y conciencia... Aunque también ....le declaro por limpio y buen juez (una de cal.....).

Pedro Martínez y Juan González, jueces ordinarios de Villamor, recibieron mejores calificaciones aunque a González se le impuso una multa de 1.000 maravedís. 

En el cuatrienio señalado, en Omaña, habían ejercido como escribanos Domingo de Sabugo, vecino de Valbueno y Bartolomé Rodriguez Lorenzana, vecino de Manzaneda. En Villamor, Santiago Alvarez , vecino de Lariego Domingo Fermoso, vecino de Curueña. Y en La Lomba, Baltasar de Quiñones, vecino de Campo.

Todos ellos fueron informados de  la obligación de conservar las actas ordenadas por fechas, sin borrones y  bien redactadas. Se les comunicó, además,  que a partir de este año (1690) no deben desplazarse a entregar notificaciones de denuncia al lugar de residencia del denunciado. El fin último de esta medida  era ahorrar al común los 6 reales que cobraba el escribano por cada desplazamiento. A partir de ese momento sería el propio interesado quien, a su costa,  estaría obligado a comparecer  en el castillo de Benal donde sería informado de las acusaciones formuladas en su contra.

Parece ser que el escribano Baltasar de Quiñones  era un personaje corrupto que, además de cobrar más de lo estipulado por sus actuaciones, ....se ha apropiado de un terreno concejil en Campo... y lo ha cerrado para hacer un huerto, estorbando el paso a las eras....Por ello fue condenado a devolver a las arcas concejiles la cantidad de 5 ducados que había cobrado de más a los vecinos del estado general y se  le impuso una multa de 9.100 maravedís, concediéndole  tres días de plazo para que abriese y dejase libre el terreno del huerto, orden que no cumplió en el plazo establecido por lo que se embargaron algunos de sus bienes....Y que, en adelante, se arregle y modere el arancel....y ponga sus escrituras y papeles conforme a Derecho...so pena de suspensión de oficio....Y le declaro por fiel y legal.

 Domingo Fermoso hubo de pagar 600 maravedís  en concepto de penalización ....y que tenga mucho cuidado en el aseo y custodia de sus protocolos y registros .....teniéndolos encuadernados y empergaminados.

Santiago Álvarez y Domingo de Sabugo  abonaron  600 y 500 maravedís, respectivamente,  por algunos defectos de forma y ambos recibieron el parabién del inspector....Y le declaro por fiel y legal y de toda confianza y no haber faltado a su obligación.

Bartolomé Rodriguez fue multado con 800 maravedís... y se le apercibe del aseo y custodia...y no mezcle.... un año con otro.... Y le declaro por fiel y legal.

El común del concejo de Omaña, en general, fue requerido para que en el plazo de un año se construyera  una casa  para celebrar las reuniones que, al presente,  se acostumbran hacer en el sitio....junto al puente de Aguasmestas, que es un paraje desierto, desapacible e indecente por no tener reparo alguno contra las inclemencias de los tiempos en ninguna de las estaciones del año, concurriendo los corregidores.....con la indignidad de no haber en qué sentarse....si no es en el suelo del dicho páramo....por no tener albergue alguno......siendo, de ordinario, 26 o 27 personas las que acuden a las juntas. Además, se aconsejaba que la construcción fuera  capaz y decente....para albergar una cárcel fuerte, acomodada y segura donde se guarden y aprisionen los delincuentes y presos que hubiere, por no tenerla al presente, ni ser bastante para la dicha seguridad la que está en el castillo de Benal,  por ser sitio desierto y arruinado, incapaz por su soledad y ninguna firmeza de tener en ella preso alguno de consecuencia.... (desconozco si se llevaron a cabo las obras referidas aunque  presumo que no. Un siglo más tarde, el puente de Aguasmestas seguía siendo el lugar de reunión y la cárcel de los tres concejos se localizaba en las instalaciones del castillo).

En cualquier caso, la prisión que ya existía y que el supervisor juzgó  de escasa seguridad, también fue objeto de inspección. Se  describieron las instalaciones de esta manera:
Se visitó y reconoció un cuarto bajo que está en dicho castillo, que es la sala donde se hace audiencia pública lunes y viernes de cada semana, en la cuál está puesta una tabla larga con sus marcos y en ella el arancel de los derechos que se deben llevar de todos los pleitos y causas civiles, criminales y ejecutivas, así el corregidor como los escribanos y demás ministros.....El cual  está puesto frontero de la puerta de dicha sala....fijado en la pared con dos argollas pequeñas. Y, así mismo, en dicha sala se visitó y reconoció un escañil de respaldo y una mesa mediana de dos tablas en que se sientan y escriben los dichos escribanos.
 Y....se reconoció la cárcel que está en un cubo de dicho castillo, que solo tiene una cadena mediana de hierro con dos farropeas y un candado con su llave y un par de grillos medianos. Y no pareció haber en ella preso alguno.


Hay que decir que el coste de los desplazamientos del juez de residencia y el escribano que le acompañaba a los  lugares donde se hicieron las comprobaciones y cotejo de medidas y pesos, se sufragó con dinero de las aras concejiles. El concejo de La Lomba hubo de abonar por este concepto 1.950 maravedís. Villamor de Riello 4.250 m. Y el concejo de Omaña, 11.500 maravedís.

Como casi siempre ocurría y ocurre,   el elevado coste de   la aplicación de esa especie de "Ley de Transparencia" se endosó al vecindario que, sin recibir a cambio beneficio alguno, hubo de aflojar la faltriquera  común para hacer frente a las deudas reales.¡ Así era y es la vida! 





Comentarios

  1. Muy ilustrativo gracias por la informacion historica de Omaña,tan escasa,
    con tu permiso copio algunos fragmentos

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  2. Tienes mi permiso. Es un placer. Gracias por tu comentario. Saludos.

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