CONDENAS Y EJECUCIONES. (Primera parte): A la Sala de Alcaldes de Casa y Corte le estaba encomendado el gobierno general de Madrid, que desde 1606 (tras el breve periodo vallisoletano) se constituyó en capital del reino. La Sala, con poder administrativo y judicial, se encargaba de velar por el cumplimiento de las ordenanzas y de castigar a los contraventores de las mismas. De mediados del siglo XVII (entre los años 1630 - 1685 ) data una relación de documentos que recogían la normativa a aplicar en cuestiones y actividades ordinarias o extraordinarias. El protocolo a seguir en la ejecución de las condenas era una de ellas. Aquellos reos que iban a ser degollados o ahorcados , tras oír misa, eran conducidos al cadalso -algunos, arrastrados - siguiendo un recorrido que la autoridad señalaba. Al llegar allí, los alguaciles debían despejar los alrededores debido a la cantidad de gente que se congregaba, sobre todo religiosos. Ésto...
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