A VUELTAS CON LOS PAÑOS: No hace muchos días que dediqué este espacio semanal a las ordenanzas que, a partir del 1 de enero de 1501 , entrarían en vigor respecto a la confección de paños. Tales normas debían ser observadas por todos los labradores de paños del reino, sin excepción, lo que dio lugar a algunas reacciones en su contra. Los procuradores de Burgos, Valdezcaray y Melgar, además de algunos oficiales de Segovia y Soria acudían al Consejo en busca de soluciones ante lo que ellos consideraban un agravio, ya que es imposible igualar al labrador de campos, en obraje ni en lana, con el primor del toledano ni de la fina lana que labra. En el sur de la península ibérica la calidad de la lana permitía fabricar paños muy finos, de precio elevado. Sin embargo, en Castilla, de los puertos allá, las lanas son mas bastas, cosa que impedía la realización de labores delicadas. En general se tejían con mas trama y venían mas anchos del batá...
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