PROHIBICIONES A MOROS Y JUDÍOS: Ningún judío ni judía, ni moro ni mora sean especieros, ni boticarios ni cirujanos, ni vendan vino ni aceite ni manteca ni otra cosa de comer a ningún cristiano ni cristiana; ni tengan tienda de botica ni mesas en público ni escondido para vender viandas algunas que sean de comer....So pena de 2.000 maravedíes más los cuerpos. Que estén a nuestra merced para que les mandemos dar pena corporal..... Así rezaba una ley dictada por Juan II de Castilla (padre de Isabel I ) que seguía teniendo plena vigencia en el año 1496 , cuando los RRCC requerían a las autoridades de Ávila para que actuasen contra los moros de la ciudad que, en contra del ordenamiento real, tenían tiendas abiertas en sus morerías y fuera de ellas , donde vendían pan y vino y especias y aceite y otras cosas de comer a los cristianos.... Unos cuantos años antes, en 1480 , el capellán mayor de la capilla del rey don Sancho, que es en la Santa Iglesia de Toledo, acudía a los monar...
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