ORDENANZAS DE PUERTO RICO:
El 27 de septiembre de 1514 quedaban redactadas las Ordenanzas de la isla de San Juan (así la llamó Cristóbal Colón), para el remedio de los pobladores de ella y obedeciendo al deseo de los reyes, Fernando el Católico y su hija Juana I, de que dicha isla fuera ennoblecida.
En primer lugar se obligaba a todos aquellos pobladores que contaran con una hacienda de 2000 castellanos o más, a construir casas de tierra con el fin de aumentar la seguridad y de que los indios y caribes no las puedan quemar ni hacer los daños que hasta aquí han hecho. La multa en caso de incumplimiento ascendía a 100 pesos de oro.
Todos los vecinos y moradores a quienes se le hubiera concedido una encomienda de indios para trabajar, siendo casados..... y nacidos en estos reinos..... lleven a sus mujeres a dicha isla dentro de dos años tras la publicación de la Ordenanza, so pena de perder la encomienda.
Los caciques ejercían un férreo control sobre los indios de a pie. Cada uno tenía asignada una demarcación y no les estaba permitido actuar fuera de su territorio. Sin embargo, a veces, eran los propios hacendados quienes se saltaban las reglas y, por amistad o referencias, solicitaban los servicios de un cacique que no les correspondía. Esa práctica quedaba prohibida con la nueva ley y se establecía una sanción de 50 pesos de oro a quien osara contravenirla.
Para fomentar el cultivo de frutales se establecía la obligatoriedad de poner y plantar cada cuatro posturas de cada suerte.....granados y perales y manzanos y cerezos y guindos y membrillos y duraznos.....y nogales y castaños, porque si en aquellas tierras se diesen bien, mandaremos puedan poner mas posturas.....
A partir de la publicación de las Ordenanzas y durante un periodo de diez años, los maestres de navíos que fueren a desembarcar en la ciudad de Puerto Rico, sean obligados a llevar cada uno dos barcadas de piedra (allí escaseaba) para construir una calzada desde la mar a la dicha ciudad.....En caso de que las obras se dieran por finalizadas antes de los diez años, los maestres quedarían exentos de la obligación referida.
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