Por mucho que pasen los años y los siglos, la evolución en cuanto a  educación se refiere, es imperceptible. Cada vez estoy mas convencida de que los animales provistos de "razón" seguimos respondiendo a los instintos mas primarios de la misma manera que hace 500 o 600 años.

La violencia familiar, el acoso infantil (escolar o no), la pedofilia o  los abusos de cualquier índole estaban ya inventados en el siglo XV. Menos mal  que algo hemos avanzado en el terreno de la tolerancia hacia quienes son distintos a nosotros y también  en legislar de forma que se proteja a  la infancia para que los menores no tengan que pasar por trances especialmente dolorosos.

Viene todo esto a cuento de un pleito litigado en 1746-1747, en Valencia,  a propósito  de una denuncia contra un tal Vicente Sanchís, clérigo, estudiante de música y maestro residente de los niños expósitos del Hospital General de Valencia, acusado de  haber cometido el pecado nefando de sodomía violentando, para ello, a diferentes muchachos. 
Los pequeños, apodados Negret, Secanet, Relleo, Colometa, Ceguet, Bigotes y muchos otros menores de entre cinco y trece años,  fueron víctimas, repetidamente,  de los abusos de este personaje.

El Tribunal que juzgaba el caso dictó sentencia condenatoria contra el acusado, apodado Miracielos.  Tras aplicársele  algunas eximentes como ojos extraviados o  que había padecido en la infancia epilepsia o alferecía o gota coral , fue condenado a 200 azotes en público,  a 10 años en las galeras de Su Majestad  al remo y sin sueldo y al pago de las costas judiciales que ascendían a 440 reales y 12 maravedís.   Como resultó que el Rey acababa de eliminar las penas de galeras, el reo fue enviado a trabajar a las minas de azogue. Tampoco se cobraron las costas por ser pobre.

 En 1753 escribía de su puño y letra al Alcaide de la cárcel de los forzados de Almadén solicitando que se revisara  su caso en razón de que sería justo reducir la pena de 10 años a 6  porque el trabajo físico que desempeñaba en las minas era superior al que hubiera realizado en galeras. Para ello alegaba que sufría de cuartanas y que su complexión demasiado  flaca, no soportaba la carga laboral.  Aprovechaba  la misiva para adular a la autoridad y pedirle, de paso,  una limosna generosa.

Sin entrar en detalles de si la pena  fue suficiente y/o ejemplar, lo sorprendente del caso es que se condenó el delito de pecado nefando pero no la pedofilia, es decir, no se tuvo en cuenta a la hora de juzgar,  que las víctimas eran  pequeños hospicianos, enfermos de tiña, sarnosos, picados de viruelas e indefensos que, además, tuvieron que asistir a las sesiones del juicio, testificar, someterse a careos con el encausado y estar presentes en la lectura de la sentencia. 
Todo ello en el siglo XVIII, el de la Ilustración.


Comentarios

  1. Aunque haya cambiado algo la cosa, aún falta rigor en el castigo.Si fuera ejemplar, alguno que otro se lo pensaría antes de tocar a un niño.

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