Los judíos conversos de Valencia y Aragón, tremendamente descontentos pon la excesiva carga tributaria a que estaban sometidos y la discriminación que sufrían en materia judicial, en marzo de 1608 se dirigían al rey Felipe III solicitando licencia para reunirse a tratar los asuntos que les concernían.

Al ser cristianos nuevos,  tenían prohibido celebrar reuniones entre ellos.  Por si  acaso se les ocurría volver  a las andadas en materia religiosa,  era mejor prevenir.

En 1604 se celebraron Cortes en Valencia. Los conversos aprovecharon para comunicar al duque de Lerma, valido del rey, su profundo malestar porque carecían de protector que les defendiera...Y por cuanto los señores de aquellos reinos los tienen oprimidos cargándoles muchas imposiciones y tributos, con que la mayor parte de sus haciendas las tienen usurpadas y no osan pedir justicia por el rigor que con ellos se usa....El valido, con la connivencia real, aprovechó para nombrar virrey de Valencia a su hermano pequeño Juan de Sandoval y Rojas, marqués de Villamizar, prometiendo a los conversos que con ese nombramiento, en adelante,  estarían protegidos.

Apenas tuvo tiempo el nuevo virrey de aposentarse en el solio cuando le sorprendió la muerte en 1606. Otra vez quedaban los conversos al albur de los acontecimientos. Por eso, en la fecha referida se dirigían a S.M. para que, como señor legítimo y verdadero, se apiade de nuestra necesidad....,suplicándole se sirva...de darles por protector y amparo a Don Juan de Mendoza, marqués de San Germán, de quien toda la nación tiene muy grande satisfacción.....y que les podrá defender y defenderá en las cosas justas...Y para su trabajo le señalan (de salario) lo que señalaron al marqués de Villamizar.

S.M. les concedía licencia para juntarse ....y  nombrar por protector al de San Germán, con una serie de condiciones: Que no pasen de diez personas las que se juntaren. Y que el juntarse sea en presencia del virrey con intervención de los religiosos....fray Felipe Hernández, catedrático de Prima de la universidad de Zaragoza y consultor del Santo Oficio...y del padre fray Martín de Ateca?.., ambos de la orden del señor San Agustín...

Y de paso, ...con la permisión de poderse juntar, se les permita también que puedan hacer los repartimientos que fueran menester para pagar el sueldo de su protector y otros gastos necesarios....




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