Pedro Antonio de Zúñiga, duque consorte de Nájera y teniente general de los ejércitos del rey, entre otras dignidades, estando de visita en casa de su hermano Juan Manuel Diego,  duque de Béjar, enfermó de forma súbita y dada la gravedad que aparentaba, el de Béjar hizo llamar a su confesor para que  actuase como testigo, junto al escribano Tomás de Silva, de la última confesión que  Pedro Antonio estaba presto a realizar. Era el 11 de julio de 1721.

Al día siguiente ratificaba su confesión y exigía que no se diese a conocer hasta después de su muerte. Estaba el duque casado con Ana Manuel Manrique de Lara, titular del ducado de Nájera por herencia.

Fray Pedro Manso, agustino, catedrático de Santo Tomás de la Universidad de Salamanca y confesor del duque de Béjar, fue el encargado de escuchar al agonizante duque.

En la villa de Béjar....,declara tener un hijo natural llamado Antonio Artus, el cuál le hubo antes de casarse en una mujer soltera de nación francesa llamada Mariana de Orchet......Pide a su hermano, el excmo  sr duque de Béjar y al excmo conde de Aguilar, amparen a este niño y hagan cuanto puedan por él...

Declara deber al...conde de Aguilar 300 doblones que le prestó sin papel ni prenda alguna...., al conde de Moriona 50 doblones...así como otras partidas menores  que quedó a deber en Flandes, donde estuvo al frente de los ejércitos;  una de esas partidas  procedidas del juego, a D. Marciano Frinch.

Manda que se dé su escopeta a su hermano....., el duque de Béjar, en señal del amor que le tiene.....

Declara que cuanto tiene y ha tenido es de su esposa .....la duquesa de Nájera, a la que apoderaba para que ordenara  lo relativo a las honras fúnebres......por hallarse (él) tan pobre que no tiene de qué testar.

Al inventariar los bienes del matrimonio, tras el óbito del duque, resultó un valor total de 1 cuento y 504.769 reales y 25 meravedís de vellón. La duquesa, que  había aceptado dicha herencia con beneficio de inventario, la repudió después...al comprobar que había disminuido el valor de lo que ella aportó al matrimonio en concepto de dote (1 cuento y 580.275 reales y medio de vellón) en 75.510 reales y 25 maravedís. Así las cosas, hizo que constase por escrito, ante escribano público, su intención de  que si en el futuro aparecían otros bienes  de su marido de los  que, en ese momento,  no se tenía constancia, ..... repetirá su acción contra ellos hasta hacerse pago de dicha cantidad (el total de la dote).






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