la reina Juana I de Castilla y su hijo, el emperador Carlos I,  recibieron información sobre que se estaban llevando acabo algunas ordenaciones de clérigos  sin seguir los criterios  establecidos por los monarcas y de forma caprichosa.  Asesorados por los miembros del Consejo, redactaban una cédula  con el fin de atajar esta práctica.

Para ser más exactos, fueron dos las cédulas, prácticamente iguales, fechadas ambas en Madrid, una en 4 de octubre de 1529, firmada por la reina madre y dirigida al obispo de Burgos;  y la otra en 9 del mismo mes y año, rubricada por Carlos I y dirigida al corregidor y principales  autoridades civiles de la ciudad.

Al parecer, estando sede vacante han tenido mucho desorden.....el obispo, cabildo, vicarios y provisores ordenando, contra toda orden y  forma del derecho, personas idiotas que no saben leer ni escribir; y a niños y personas asoldadas y otros hombres perdidos y de mal vivir, lo cuál ha sido y es ....perjudicial a la religión católica y al servicio real, habida cuenta de que algunos de estos nuevos eclesiásticos aprovechaban el nombramiento para cometer delitos y gozar de  impunidad. A más de esto, varios de los prebendados abandonaban la carrera eclesiástica cuando les parecía conveniente, faltando al compromiso y ofreciendo un  desgraciado ejemplo a la feligresía.

Ordenamos que de aquí adelante no den ordenes a persona alguna salvo en quien concurran las calidades que de derecho deben tener....Que sepan leer y escribir y tengan edad para ordenarse y juren ellos y sus padres que se ordenan para perseverar en la orden sacerdotal y recibir todos los grados hasta ascender a ella.....

Se  advertía al corregidor que estaba obligado a comunicar al Consejo Real toda desobediencia de la que tuviera noticia. De lo contrario le sería retirada la merced real, es decir, el cargo público remunerado, y le sería impuesta una sanción de 10.000 maravedís para la nuestra cámara.

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