En abril de 1675 se daba por finalizado un largo pleito mantenido entre Manuel Reguero y Gregorio García de Casares, ambos vecinos de León.
Manuel Reguero, bordador, acusaba criminalmente a Gregorio, cordonero, de intrusismo profesional por ejercer el arte del bordado sin disponer de licencia para ello.
El alguacil mayor de la ciudad fue a las casas de morada de Gregorio García de Casares ...y en la tienda del susodicho se halló que estaba bordando una tarjeta de la insignia de San Simón puesta en su bastidor. Y era de tafetán doble blanco, la cual estaba bordada de seda azul, y no estaba acabada de bordar....Al parecer, las leyes prohibían a los menestrales ejercer más de un oficio, además de que para ser bordador había que someterse a una serie de pruebas teóricas ........con preguntas y repreguntas tocantes a dicho arte, y prácticas......formar romanos, hacer figuras, abrir rostros, matizar........
Una vez superadas las pruebas, el aspirante a bordador recibía una especie de credencial o carta de examen sellada con el sello de esta ciudad , que es un león....donde se hacía constar algún detalle relativo a la fisonomía del interesado: barbinegro..., con una señal de herida junto al ojo izquierdo...., de buen cuerpo..... El documento acreditativo le confería licencia no solo para hacer casullas, capas de coro, mangas de cruces frontales......., pendones, mucetas.....y flecos de seda y oro anchos y angostos, sino también para poner tienda, tener oficiales y enseñar a aprendices.
En la denuncia, Manuel Reguero alegaba que él y no su oponente era tal bordador, maestro examinado y examinador del dicho oficio a quien toca privativamente hacer y ejercer las obras que tocan a bordadores, en que entran los ornamentos de las iglesias y casullas y otras cosas....Los intrusos en el oficio abarataban los precios de las labores y acaparaban mayor número de encargos ( en realidad éste era el quid de la cuestión) en grave perjuicio de los profesionales.
La defensa de Gregorio se basó en afirmar que el arte de bordador era liberal sin que se requiriese examen..., de manera que cada cual podía usarle en su propia casa aunque fuese por estipendio.....
Esta afirmación se demostró que era falsa y Gregorio acabó con sus huesos en la real cárcel de la ciudad por espacio de dos semanas hasta que le fue concedida la libertad bajo fianza. El pleito llegó a la Sala del Crimen de Chancillería, en Valladolid, y finalizaba con la sentencia definitiva pronunciada el 24 de diciembre de 1674 y plasmada en carta ejecutoria a petición de la parte demandante en abril del año siguiente.
Quedaba muy claro que un cordonero no podía ejercer como bordador si no superaba el examen. Y si lo superaba dejaba de ser cordonero y se convertía en bordador.
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