Se quejaba María Velázquez, viuda de Íñigo de Oca, vecina y encomendera de la villa de San Francisco de Campeche (provincia de Yucatán) de que los españoles fiaban vino en cantidad a los indios y principales (caciques) de los pueblos de su encomienda, causando grave perjuicio a la susodicha y a su hacienda porque además de la merma en el rendimiento laboral de los nativos, muchas veces acababan ausentándose de los pueblos por no poder hacer frente a las deudas contraídas por el vino fiado.
Tras discutir el asunto en el Consejo de Indias, el 13 de julio de 1618, Felipe III comunicaba a Francisco Ramírez Briceño, gobernador y capitán general de la provincia de Yucatán, una orden prohibiendo fiar a los indios vino de tres reales arriba.
Al hilo de lo antecedente y respondiendo a otra queja de María Velázquez, con la misma fecha y dirigida al mismo destinatario, se enviaba desde Madrid otra cédula cuyo contenido venía a expresar el grave daño y perjuicio que suponía para los intereses de la encomendera que los indios se entretuvieran en otras actividades y dejasen de lado las tareas que tenían asignadas, a veces obedeciendo las ordenes del cacique del lugar. Es preciso recordar que los indígenas eran en realidad esclavos de un señor (encomendero) que teóricamente (en la práctica las cosas eran diferentes) les proporcionaba protección y sustento a cambio de su trabajo.
Con motivo de armarse y fabricarse ordinariamente junto a los pueblos así de los españoles, dueños de los dichos navíos, como de los marineros y calafateros que, aunque les estaba prohibido por reales ordenes permanecer en los dichos pueblos más de tres días, su estancia se prolongaba dos y tres años sólo con comprar al cacique del lugar. Y con algunas botijas de vino le tienen sujeto a su gusto.... Pedía al rey María Velázquez, como parte perjudicada, que no se consintiera fabricar ningún tipo de embarcación a menos de dos o tres leguas de la dicha villa de Campeche, porque tienen astillero para ello en lugares alejados.....Lo que se llama una solución expeditiva, si se prohíbe la actividad los indios de la encomienda nunca serían compelidos a trabajar en ella.
El Consejo con el rey a la cabeza, en este caso, determinó solicitar información fehaciente a las autoridades gubernativas de Yucatán antes de tomar una determinación.
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