La propia reina Juana I (la Loca) signaba una petición dirigida a Clemente VII para que nombrara a fray Miguel Ramírez abad de Jamaica y obispo de la isla Fernandina, que antes se llamaba Cuba. El deseo de la reina fue satisfecho y el flamante prelado se embarcaba para aquellas tierras, por orden de la monarca, aún antes de recibir la bula episcopal. Era el año 1527.
Desde Cuba el obispo escribía a Juana I para hacerle saber, entre otras cosas, la disminución en que han venido y cada día vienen los indios de esa isla con el mal tratamiento que hasta aquí les han hecho los españoles, que los han tenido y tienen encomendados....De tal manera que yendo la cosa como hasta ahora va, los indios se acabarán y los dichos españoles no se podrán sostener y les será forzado desamparar la isla....
Monseñor Ramírez proponía algunas medidas a adoptar para evitarlo. Una de ellas -por cierto, aceptada por la reina- consistía en utilizar cierta cantidad del dinero de las rentas reales en aquella isla para comprar esclavos negros que sustituyeran a los indios en los trabajos más duros. Los negros serían vendidos a los hacendados; éstos disponían de dos años para devolver a las arcas reales el importe de la compra, siempre que hipotequen los negros que se les dieren....
Además de ello y, teniendo en cuenta que tal medida tardaría un tiempo en poder aplicarse, la soberana encargaba al prelado y a Gonzalo de Guzmán, lugarteniente de gobernador de la isla Fernandina, velar por la administración y buen tratamiento y protección de los indios.....
Pero poco después la reina se enteraba de que algunos indios trabajaban para el obispo en las mismas condiciones que para los demás potentados....Soy informada que .....tomasteis alguna cantidad de ellos (indios)....Y porque para estar libre y poder mejor mirar por el buen tratamiento de los dichos indios y de su conversión y administración, vos no debéis tener ningunos indios....,os mando que cuando ésta recibáis, si tenéis indios en encomienda o de otra manera cualquiera, luego los dejéis.... para que el gobernador los asigne a otros vecinos de la isla. (diciembre de 1529).
Antes como ahora, si se es juez no se puede ser parte.
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