En el año 1622, tras interrogar a varios testigos, se probó el delito en que había incurrido el cura de Solana de Béjar, Pedro González, por presentarse en la procesión del Corpus de la villa de Béjar sin capa pluvial y ataviado sólo con sobrepelliz, dando motivo para reir. Ese mismo año el sacristán de Baños (de Montemayor), Juan Fernández, en vez de asistir personalmente a dicha procesión, envió un mozo mal vestido con un pendón indecente, teniéndole su iglesia bueno.
El cura de Becedas asistió en Béjar a la procesión del Corpus de 1624 con una capa pluvial de damasco colorado, con cenefas amarillas, bordada de oro, raída y antigua o mala...., cosa que testimonió un escribano. Se daba la circunstancia de que en la iglesia de este lugar, en 1616, había contraído matrimonio el duque Francisco López de Zúñiga Mendoza con Ana de Mendoza, su prima, hija de la casa del Infantado y con motivo de tal acontecimiento se había dotado a la parroquia con ricos ornamentos y vestiduras que el cura, por ingratitud o ignorancia de reservar lo mejor y traer lo peor..., no utilizó para una procesión de tanta solemnidad.
Fuera por osadía o por desconocimiento, la forma de proceder de los tres clérigos les valió una condena y acabaron dando con sus huesos en la cárcel de Salamanca.
Muchos años después, en 1766, Francisco Javier Martínez Carpintero, cura de La Garganta se enfrentaba a la pena de prisión y multa de 500 ducados por no asistir a la referida procesión ni enviar sustituto. Fue detenido en 1767. Para su defensa un cirujano certificó que el clérigo tenía 63 años y padecía hemicránea, que le suele durar 24 horas y le causa mucho quebranto.... Alegó también el interesado que él era generoso con los pobres y su reclusión y, sobre todo, la multa a la que tenía que hacer frente, iban a causar un serio quebranto a este colectivo. Además había asistido puntualmente a la procesión los últimos 34 años. En esta ocasión parece que el duque se conmovió y el cura fue absuelto.
Los curas, sacristanes y otros prebendados de distintos lugares tenían la obligación de asistir a la procesión del Corpus en la villa de Béjar, portando los mejores y más ricos pendones, vestiduras y ornamentos. Así lo requería el duque de turno, señor jurisdiccional del territorio, que tenía potestad para condenar a los eclesiásticos que no lo cumplieran ...,en fuerza de las bulas apostólicas y ejecutorias ganadas por los señores de la casa (de Béjar) en contradictorio juicio con el obispo, su fiscal y los mismos curas, que no pueden excusarse de asistir.....
Donde hay patrón jurisdiccional.....
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