SUCESO EN PONFERRADA. Segunda parte:

Tuvieron los reyes que escribir al obispo de Astorga para pedirle que hagáis alzar y quitar dicho entredicho....y absolváis al dicho corregidor y a las otras personas que por esta causa están excomulgadas...., ya que  el reo no podía gozar de la inmunidad de la iglesia por ser el delito tan grande y feo y digno de punición....Y por no haber traído  corona abierta ni cabello ni hábito decente.... según la bula de nuestro muy Santo Padre.

El vicario de Astorga respondió al requerimiento de los monarcas y alzó el entredicho, absolviendo a los afectados. Pero fue impuesta de nuevo la censura  y en noviembre de 1500 los RRCC se dirigían al arzobispo de Santiago, D. Alonso de Fonseca, para que anulara la imposición. Sin embargo, parece que la petición no surtió efecto, o bien los provisores del obispado de Astorga hicieron caso omiso del requerimiento, porque a finales de mayo de 1501, desde Granada, los reyes conminaban de nuevo a  dichos provisores a levantar el entredicho.

La cosa no quedó ahí. Lo que querían las autoridades eclesiásticas era hacerse cargo del caso y juzgar al delincuente sin que interviniera la justicia civil. Por eso, estando el reo preso en Valladolid, los provisores y vicarios del obispado de Palencia hubisteis dado y disteis un viático contra los alcaldes de  la nuestra casa y corte y de la nuestra corte y chancillería...., para que se inhibiesen luego del conocimiento y causa de dicho licenciado Esteban Suárez....Y no procediesen más en la dicha causa y negocio......Y que enviasen al dicho licenciado preso.....ante vos, el dicho obispo....

Los alcaldes apelaron ante el Santo Padre y mientras tanto los provisores de Palencia mandaron poner entredicho en la villa de Valladolid, no teniendo poder ni jurisdicción..... Y estando la dicha causa devuelta a nuestro muy Santo Padre...., porque hacéis notorio agravio y manifiesta injusticia..., os rogamos y mandamos (los RRCC al obispo de Palencia) comparecer ante los del nuestro Consejo....para que seáis oídos....y se provea lo que fuere justicia... Le daban de plazo para comparecer, seis días contados desde la recepción del requerimiento. Otrosí os encargamos que por tiempo de 40 días primeros que...comiencen desde el día de la data de esta nuestra carta..., absolváis a los dichos nuestros alcaldes y a las otras personas. Y alcéis dicho entredicho. Y no procedáis más en la dicha causa.....( Valladolid, 3 de febrero de 1501).

Por la misma razón, el día 23 de febrero recurrían los reyes al vicario del arzobispo de Santiago en Salamanca para que levante el entredicho impuesto en Ponferrada y provincia del Bierzo porque reciben mucho agravio las gentes de a pie y, sobre todo, los peregrinos, excluidos a la fuerza de poder recibir  sacramentos y bendiciones.

                                                                        (sigue)

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