UN LARGO PLEITO:
Cuando Felipe III ordenó la expulsión de los moriscos (entre 1609 y 1613), la renta procedente de los bienes que les fueron confiscados, en Borja y Tortoles (reino de Aragón), se destinó al mantenimiento y fábrica de los castillos aragoneses. Pero surgió un gasto extraordinario con el que no contaba el monarca y al que no quedó mas remedio que hacer frente.
Había que remontarse al año 1465 cuando se firmaba un acuerdo por el cuál Juan II de Navarra y Aragón (padre de Fernando el Católico) cedía a Enrique IV de Castilla (hermano de Isabel la Católica) los lugares de Baigorri y Dicastillo (en el reino de Navarra), señorío, en aquél entonces, del mariscal Juan González, el Portugués. Juan II compensó al mariscal entregándole Alcarrás, Granadella y LLardecans y el término de Vingara??, que habían sido confiscados en Cataluña a Juan y Pedro San Clemente, como reos del crimen de lesa majestad. La donación fue ratificada en 1481 por Fernando el Católico sin inconveniente alguno.
Pero en 1529, en la Audiencia Real de Cataluña, Juan Aymerich de San Clemente (descendiente de los anteriores) entabló un pleito pretendiendo que no habían podido ser confiscados esos lugares. La justicia le dio la razón en 1559, privando de los referidos espacios a Jerónimo de Resende (nieto de Juan González). En las Cortes de Monzón del mismo año, Felipe II ordenó que se le entregaran 300 ducados de renta a Resende y el apoyo del fiscal para proseguir el pleito.
Juan de Resende (hijo de Jerónimo) acudía de nuevo a las Cortes de Monzón en 1585, por la dilación que había en el pleito. Y porque no se le daba satisfacción, intentó de poner greuge (reclamación por agravio a la ley). Se acordó dar de plazo cuatro meses a la Audiencia de Cataluña para que sentenciase....Y que se le diesen luego (a Resende) , como se le dieron, 600 ducados de ayuda de costa y 432 de entretenimiento y 300 de renta en Nápoles.
En 1599 se celebraron Cortes en Barcelona; el asunto seguía sin resolución. Se requirió a la Audiencia catalana para que resolviese en el plazo de un año. Todavía tuvieron lugar varias idas y venidas judiciales hasta la sentencia del 22 de febrero de 1614. En aquél momento, Juan había ya renunciado a sus derechos en favor de su hermana Francisca de Resende. La sentencia condenaba a la regia corte a pagar a Francisca 1.000 ducados de renta (anual)...que se pudiesen redimir por 40.000 ducados de principal, de contado o pagados en vasallos u otros bienes; además de 6.000 ducados por una vez, pagados luego...
El Consejo Real determinó que convenía acabar este negocio, acordando que se le diesen luego los 46.000 ducados (de esta forma se liquidaba la deuda de una vez) en los bienes de moriscos expulsos, que se habían dado a los nuevos pobladores de la ciudad de Borja y lugar de Tortoles, barrio de la ciudad de Tarazona.
Así las cosas, no quedaban recursos para emplear en los castillos del reino de Aragón. Los miembros del Consejo trataron de buscar fondos en otras partidas y resolvieron que se proveyeran las fortalezas con el dinero que salía de Castilla para la tropa. El rey se opuso en un primer momento, alegando que el dinero que va de acá para la gente de guerra no se puede convertir en otra cosa.... Entretanto doña Francisca de Resende pidió 5.000 ducados más para dar por finalizado el litigio.
El 27 de julio de 1616, doña Francisca y su hijo Marcos Martín de Resende aceptaron la cantidad de 51.000 ducados y se dieron por contentos y pagados de todo lo que podían pretender contra el regio fisco.....Con lo cuál, este negocio quedó acabado y concluido....., no sin antes sortear la oposición del virrey de Aragón que se negaba rotundamente a utilizar de esta forma los fondos provenientes de los bienes de moriscos. El propio rey se encargó de templar las gaitas escribiéndole en tono conciliador:.....Que, pues antes de la expulsión se proveía para esta fábrica ( la de los castillos) del dinero que se enviaba de estos reinos de Castilla, que lo mismo se podía hacer de aquí adelante.....
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